Los gobiernos se han visto obligados a tomar medidas para frenar la emisión de sustancias contaminantes a la atmósfera. Una de sus decisiones fue la de establecer unos niveles de emisión máximos que las industrias y los ciudadanos estamos obligados a cumplir y que las autoridades controlan de manera periódica para garantizar el cumplimiento de la normativa.
Se define como los niveles de emisión a la concentración máxima admisible de cada tipo de contaminante en los vertidos a la atmósfera, medidos en peso o volumen. Este concepto se puede definir también como el peso máximo de cada sustancia contaminante vertida a la atmósfera sistemáticamente en un período determinado o por unidad de producción.
Es la normativa estatal -aunque también la europea y las de las comunidades autónomas- la que establece los valores límites de emisión, que serán la cantidad de uno o más contaminantes que no debe sobrepasarse dentro de uno o varios períodos y condiciones determinados, con el objetivo de prevenir o reducir los efectos de la contaminación atmosférica.
En definitiva, la emisión es la cantidad contaminante vertida a la atmósfera en un período determinado desde un foco, y su control es obligatorio y necesario para reducir la contaminación atmosférica.
Para que se cumpla con los niveles de emisión establecidos por ley, es necesario llevar a cabo con cierta periodicidad tareas de inspección y control, y dicha responsabilidad recae en organismos autorizados por parte de las diferentes administraciones autonómicas de nuestro país.
Estos organismos de control de los niveles de emisión remitirán informes de actividades potencialmente contaminantes para corregir cuanto antes la situación.
Los ciudadanos y las industrias estamos obligados a cumplir con la normativa y serán las autoridades competentes las que velen para que así sea. Es más, las propias compañías están obligadas a establecer mecanismos internos y externos de control de sus niveles de emisiones.