Los motivos pueden ser muy variados, pero el más habitual es la mudanza. Al momento de cambiarnos de casa surge una pregunta muy recurrente: ¿qué hacemos con la luz? La respuesta depende de la relación que mantuviéramos con nuestro ya antiguo casero.
En un artículo previo de este mismo blog ya os hablamos de las diferentes situaciones en las que hay que hay que tener en cuenta quién es el titular del contrato. Pero en esta entrada queremos centrarnos únicamente en los casos de mudanza.
Es decir, en lo que concierne a los trámites de suministro con el piso que dejamos atrás, y qué pasos dar con la nueva vivienda. No son procesos complicados, pero resultan agobiantes cuando estamos inmersos en el estrés del traslado.
Pues bien, antes de nada deberás estudiar con detenimiento el contrato que tengas con la comercializadora. Qué potencia tienes contratada, tu consumo y a nombre de quién está. Esto último es lo más importante de todo, porque determinará los pasos a seguir.
Si estás en plena mudanza y te han surgido preguntas relacionadas con esto, sigue leyendo porque el artículo de hoy te interesa.
En cuanto al inmueble que abandonas, tienes que saber si eres el titular del suministro, o si por el contrario solo posees la domiciliación de las facturas. Hay caseros que no se fían del inquilino y mantienen la titularidad, comunicándole al banco quién debe afrontar los pagos.
Esta, sin embargo, es la opción menos recomendada, tanto para el propietario como para el que habita la casa. Básicamente porque en caso de impagos será el dueño el responsable de los mismos, y porque en caso de cambiar de compañía, el inquilino estará con los brazos atados.
En cualquier caso, si la casa que vas a abandonar encaja en el primer supuesto, has de saber que no tendrás que hacer absolutamente nada. Será el propietario el encargado de acudir a la entidad bancaria para comunicar la nueva domiciliación.
La cosa cambia cuando sí tienes la titularidad. En este otro caso deberás hacer un cambio de titular, obviamente. Es un proceso completamente gratuito que puedes llevar a cabo telefónicamente o por internet.
Eso sí, ponte en contacto antes con el dueño de la casa para saber a quién quiere este poner como nuevo titular. Si ya tiene nuevos inquilinos será a su nombre, y si no será él mismo el responsable.
Contactas con la compañía de luz teniendo ya a mano una documentación que se te va a solicitar. Empezando por el nombre y los apellidos del último titular. Es decir, los tuyos propios. Igualmente es una información presente en las facturas.
A continuación deberás contemplar el nombre, los apellidos y el DNI del nuevo titular. Comunica la dirección exacta de la vivienda así como el número de CUPS (Código Universal de Punto de Suministro).
Son 22 caracteres presentes tanto en la última factura de la luz como en el contador. Y ya por último entrega el número de domiciliación bancaria al que se harán los cobros de los nuevos consumos.
No te preocupes si estás haciendo la mudanza a mitad de mes. El cambio de titular lo puedes hacer cuando quieras sin discriminación alguna por no coincidir con el inicio de la siguiente facturación.
En aproximadamente una o dos semanas estará completado. Desde ese momento dejarás de ser responsable de las facturas. Ahora a por el siguiente reto: lidiar con el nuevo suministro que tomas.
Llegas a la nueva vivienda y te encuentras con que la luz ya está dada de alta. Y no solo eso, que además las condiciones con la comercializadora te encajan con tus necesidades. Vaya, que la potencia es la adecuada.
En este caso el proceso es el inverso al anterior; ponerse en contacto con el propietario para que este hable con la compañía eléctrica. Te deberá pedir tus datos personales y una cuenta bancaria para los pagos.
¿Qué pasa si la potencia con la que te topas es demasiado alta? No es para nada recomendable dejarlo pasar porque estarás pagando más de lo que deberías por tus hábitos energéticos. Aquí el proceso a seguir será cambiar de potencia.
Contacta con la comercializadora y entrega tanto tus datos personales, como el CUPS, la dirección de la vivienda, el Boletín Eléctrico o CIE y tu cuenta bancaria. También deberás concretar cuál es la nueva potencia que deseas (siempre múltiplos de 0,1 kW).
Este proceso tiene un coste estándar de 9,04€/kWh + IVA, que es el precio correspondiente al derecho de enganche (ya te hemos hablado de estos derechos). Decimos “estándar” porque actualmente, por la entrada en vigor de las nuevas tarifas, no hay que abonarlos.
El Gobierno mantiene una bonificación que hace el proceso gratuito hasta el próximo 31 de mayo de 2022. Esa es también la fecha límite para el derecho a modificar dos veces, y no solo una, al año, la potencia contratada.
Puede darse el caso de que no te convenza la compañía eléctrica con la que está contratada la luz del piso. Has de saber que tienes el derecho por ley de decidir libremente a qué comercializadora te vas.
Te bastará con echar un vistazo al mercado, y quedarte con la que más te interese. En EnergyGO te podemos echar una mano asesorándote para que obtengas un contrato justo con el consumo real de la vivienda.
Aunque no es ni mucho menos lo habitual, cabe la posibilidad de que el piso al que acabas de llegar no tenga dada de alta la luz. Es frecuente cuando se trata de pisos de bancos o viviendas en las que la compañía terminó cortando la luz por impagos.
Sea cual sea el motivo, no te quedará otra que, repitiéndonos, dar de alta la luz. Solicita el Boletín Eléctrico o CIE y entrega tus datos personales, cuenta bancaria, CUP y potencia a contratar (ten en cuenta si es trifásica o monofásica la instalación).
El coste del proceso varía en función de muchos factores. Puedes echarle un vistazo a este otro artículo en el que ya te explicamos con pelos y señales el trámite para dar de alta la luz.
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