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Comprar una casa es una decisión financiera muy importante. Por eso, cuando entramos por la puerta por primera vez, esperamos encontrarlo todo en su sitio. No obstante, esto no siempre es así y, en ocasiones, las viviendas no tienen contador de luz. Ahora bien, ¿qué deberías hacer en este caso?
Si es nuestra primera vez, lo más seguro es que hayamos delegado gran parte de las cuestiones legales y técnicas a asesorías, inmobiliarias, o bancos, dando por hecho que no habrá error alguno. Y suele ser así, pero eso no quiere decir que no te vayas a encontrar cosas inesperadas.
Lo más común suele ser encontrarse partes del equipamiento defectuosas que para arreglar tendremos que litigar con mucho tiempo por delante. Pero en algunos casos la sorpresa es incluso mayor cuando ni siquiera hay contador de luz.
“Cuerpo cierto” es aquel inmueble que ha sido visitado y comprobado por el comprador. Este término se incluye en el contrato de compraventa y puede llegar a ser un callejón sin salida. Firmar un contrato como “cuerpo cierto” supone aceptar las condiciones del documento.
Pero ¿qué tiene que ver con el contador de luz? En este “consentimiento” se incluye el estado completo de la vivienda. El “cuerpo cierto” solo se suele tener en cuenta a la hora de comprobar los metros cuadrados, pero no hay que descuidarlo tampoco para el tema de este artículo.
Es necesario prestar atención porque se presupone cierto que el comprador ha visitado el inmueble, ha comprobado la veracidad de la superficie real, y ha aceptado la superficie y el precio acordado por la totalidad de la propiedad.
Existen varios motivos y no tiene por qué deberse a que el anterior inquilino estaba pinchando la luz. Aunque no es lo más frecuente, puede que la última persona que habitó el inmueble diese de baja el suministro antes de marcharse.
En ese caso, lo más probable es que se te hubiera informado antes de firmar. También es posible que la vivienda directamente nunca haya tenido suministro eléctrico.
Puede pasar con algunas casas de nueva construcción, aunque es la empresa constructora la que está obligada a pagar el derecho de acometida e instalar el contador. Y el caso más habitual cuando no hay contador en una casa: los “pisos de bancos”.
Son inmuebles que suelen volver al mercado tras desahucios de sus anteriores inquilinos, y que se han quedado sin contador por impago. La distribuidora retira el cajetín y el banco vuelve a vender la casa sin reparar, o sin contador.
Si tu nueva vivienda no ha tenido nunca suministro eléctrico lo único que puedes hacer es abonar tú el pago de esta licencia, y posteriormente reclamar el dinero a la constructora que te ha vendido el piso. Por eso no se recomienda comprar viviendas de este tipo.
Si estás en la situación en la que has adquirido un “piso de banco” sin contador por impago solo puedes hacer una cosa. Elegir una compañía y dar de alta la línea eléctrica para tener luz legalmente.
Esto último es lo que debes hacer realmente en todos los casos, incluyendo si el anterior inquilino dio de baja el suministro antes de marcharse.
Primero tendrás que solicitar el conocido como “boletín eléctrico” (Certificado de Instalación Eléctrica), un documento que solo pueden expedir electricistas autorizados y que te pedirá la compañía para dar de alta la luz.
Caduca a los 20 años y los trámites para conseguirlo suelen tener un precio que oscila entre los 100 y 150 euros. Entonces, ya sí, puedes empezar el proceso.
No es tan sencillo como llamar a la compañía eléctrica y solicitar el alta. Esta te pedirá una serie de documentos legales que debes tener preparados y localizados. Pero tranquilo, no necesitas llamar a nadie ni pagar nada.
Da igual donde vidas, el precio del trámite está regulado por ley para que sea igual en todo el país. Igualmente, hay detalles que debes tener en cuenta.
Lo único que tienes que saber es que hay que abonar una serie de derechos de alta. Los verás reflejados en tu primera factura, pero hasta ese momento no sabrás cuánto pagarás. Aquí te dejamos las tarifas fijas de cada uno de ellos:
Derecho | COSTE KWH (EUROS) | COSTE 3KW (EUROS) |
Extensión | 17,37 | 52,11 |
Acceso | 19,70 | 59,1 |
Enganche | 9,04 | 9,04 |
Garantía | 13,10 | 13,10 |
IVA (21%) | 28,01 | |
TOTAL | 161,36 |
Ahora que ya has pasado por todo este proceso, con todo lo anterior entendido y cumplimentado, ya solo te quedará llamar a la distribuidora y después a la comercializadora que quieras para elegir una tarifa.
Para ello necesitarás recoger cierta documentación como a certificación de instilación eléctrica, tu nombre completo, tu DNI, la potencia eléctrica que vayas a contratar, tu contrato de arrendamiento o escritura de la vivienda y tu número de cuenta bancaria.
Cuando todo esté en orden, llegará un técnico a tu casa para instalar el contador de luz. Desde ese momento solo tendrás que esperar entre 5 y 7 días hábiles para recibir la autorización y empezar a disfrutar de tu luz.
Muchas personas se preguntan si pueden tener dos contadores de luz en una casa. La respuesta es que si, siempre y cuando tengas dos contratos de luz en la misma casa.
Esto puede ser muy práctico para grandes viviendas que tengan diferentes áreas como talleres o piscinas. Así se puede optimizar el consumo eléctrico y elegir las mejores tarifas para cada espacio.
También es una opción recurrente cuando se quiere compartir un espacio común entre diferentes personas o entidades. Aunque lo más habitual es que con dos contadores sean suficientes, realmente puedes instalar todos los que quieras.
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