La compra de una casa es la decisión financiera más importante de la vida, por delante de la adquisición de un automóvil o de cualquier otro bien. Por eso, cuando entramos por la puerta por primera vez esperamos encontrarlo todo en su sitio.
Si es nuestra primera vez lo más seguro es que hayamos delegado gran parte de las cuestiones legales y técnicas a las empresas implicadas en la tramitación (asesoría, inmobiliaria, banco, etc), dando por echo que no habrá error alguno.
Y a efectos legales, efectivamente, suele ser así. Nadie se pilla los dedos. Eso no quiere decir que no te vayas a encontrar cosas inesperadas, sino que la responsabilidad de los posibles desperfectos o ilegalidades no será de ellas.
Lo más común suele ser encontrarse partes del equipamiento defectuosas que para arreglar tendremos que litigar con mucho tiempo por delante. Pero en algunos casos la sorpresa es incluso mayor: ¿dónde está el contador de la luz?
Deja de buscarlo porque aunque sea legalmente obligatorio para tener luz, quienes venden viviendas (ya sean nuevas o de segunda mano) no siempre lo cumplen. Y eso solo por decir una de las muchas variables que te pueden llevar a esta situación.
En lenguaje jurídico se califica de “cuerpo cierto” a aquel inmueble que ha sido visitado y comprobado por el comprador. Es un término que se incluye en el contrato de compraventa y que puede llegar a suponer un callejón sin salida.
Tal y como explican desde el despacho Aguirre & Baeza, “el inmueble está definido como un cuerpo delimitado por sus límites constructivos (muros, cercas, vallas…) y se establece un precio alzado. Es decir, el precio no se concreta por metro cuadrado”.
Firmar un contrato como “cuerpo cierto” supone aceptar las condiciones del documento. “Presupone que el comprador ha visitado el inmueble, ha comprobado la veracidad de la superficie real y el precio acordado por la totalidad de la propiedad”.
¿Qué tiene que ver con el contador de luz? En este “consentimiento” se incluye el estado completo de la vivienda. Si hay desperfectos o, claro, no tiene contador de luz, y has firmado, tendrás todo de cara para pedir la disolución de la venta o una compensación.
Es necesario prestar atención porque se presupone cierto que el comprador ha visitado el inmueble, ha comprobado la veracidad de la superficie real, y ha aceptado la superficie y el precio acordado por la totalidad de la propiedad.
El “cuerpo cierto” solo se suele tener en cuenta a la hora de comprobar los metros cuadrados, pero no hay que descuidarlo tampoco para el tema de este artículo. Antes de coger el bolígrafo, revisa, consulta y vuelve a revisar.
Existen varios motivos y no tiene por qué deberse a que el anterior inquilino estaba pinchando la luz (es decir, tirando directamente de la toma general sin permitir a la distribuidora calcular su consumo).
Aunque no es lo más frecuente, cabe la posibilidad de que la última persona que habitó el inmueble hubiese dado de baja el suministro justo antes de marcharse. En ese caso, lo más probable es que se te hubiera informado antes de firmar nada.
También es posible que la vivienda directamente no haya tenido nunca suministro eléctrico. Es lo que sucede con algunas casas de nueva construcción, pese a que es la empresa constructora la que está obligada a pagar el derecho de acometida e instalar el contador.
Si es tu situación, nos tememos que solo podrás abonar tu el pago de esta licencia, y posteriormente reclamar el dinero a la constructora que te ha vendido el piso. Por eso no se recomienda comprar viviendas de este tipo.
Y aquí llegamos al caso más habitual y frecuente en personas que denuncian no tener contador en su casa: los llamados pisos de bancos. Son inmuebles que normalmente vuelven al mercado tras desahucios de sus anteriores inquilinos, y que se han quedado sin contador por impago.
La distribuidora retira el cajetín y el banco vuelve a vender la casa sin reparar (o haciéndolo pero sin solucionarlo) de que no dispone de contador. Entonces llegas tú y te encuentras con semejante marrón.
¿Qué tenemos que hacer en cualquiera de estas situaciones? Pues lo que ya estarás imaginando: elegir una compañía y dar de alta la línea eléctrica para tener luz legalmente.
Antes de nada tendrás que solicitar el conocido como “boletín eléctrico” (Certificado de Instalación Eléctrica), un documento que solo pueden expedir electricistas autorizados y que te pedirá la compañía para dar de alta la luz.
Caduca a los 20 años y los trámites para conseguirlo suelen tener un precio que oscila entre los 100 y 150 euros. Tenlo en cuenta para no llevarte un susto desagradable. Entonces ya sí, puedes empezar el proceso.
No es tan sencillo como llamar a la Eléctrica y solicitar el alta. Esta te pedirá una serie de documentos legales que debes tener preparados y localizados. Pero tranquilo, no necesitas llamar a nadie ni pagar nada.
Da igual si vives en Barcelona o en Sevilla: el precio del trámite está regulado por ley para que sea igual en todo el país. Ahora bien, a la hora de entrar en detalle la cosa se complica un poco más.
Lo único que tienes que saber es que hay que abonar una serie de derechos de alta. Los verás reflejados en tu primera factura, pero hasta ese momento no sabrás cuánto pagarás. Aquí te dejamos las tarifas fijas de cada uno de ellos:
Derecho | cOSTE KWH (EUROS) | COSTE 3KW (EUROS) |
---|---|---|
Extensión | 17,30 | 52,12 |
Acceso | 19,70 | 59,11 |
Enganche | 9,04 | 9,04 |
Garantía | 13,10 | 13,10 |
IVA (21%) | 28,01 | |
TOTAL | 161,38 |
¡Enhorabuena! Has llegado hasta aquí sin perecer por el camino. Otras muchas personas terminan abandonando por el tiempo que requiere el proceso y terminan delegando el asunto a terceros (pagando un sobrecoste).
Con todo lo anterior entendido y cumplimentado, ya solo te quedará llamar a la distribuidora y después a la comercializadora que quieras para elegir una tarifa. En EnergyGO te damos la posibilidad de hacerlo tanto por teléfono al 900 622 700 como por Internet en nuestra web.
Cuando todo esté en orden, llegará un técnico a tu casa para instalar el contador de luz. Desde ese momento solo tendrás que esperar entre 5 y 7 días hábiles para recibir la autorización y empezar a disfrutar de tu luz.
Si eliges nuestra energía debes saber que estarás apostando por un modelo eléctrico sostenible para el futuro y para tu bolsillo. Consigue una luz 100% limpia y nacional.