Cómo cambiar el titular de la luz en un piso de alquiler

03 Septiembre 2021 13:00

Es una realidad a la que se enfrentan todos los años los propietarios de pisos en alquiler. Los inquilinos se marchan y al entrar nuevos hay que hacer frente a una montaña de papeleo cíclica bastante molesta.

No es algo voluntario; los expertos recomiendan tener los suministros en orden a la hora de poner un inmueble en alquiler, porque así se aumenta su atractivo de cara al mercado. Y es que ¿quién querría entrar a vivir en un piso que no tiene la luz dada de alta?

Si eres ajeno a este mundillo podrías llegar a pensar que el titular de la luz siempre es el propietario, y que lo único que tienen que hacer los inquilinos es pagarle las facturas. En realidad, no te estarías equivocando.

Ahora bien, los expertos legales aconsejan que sean los propios inquilinos quienes posean la titularidad del suministro. Esto es así porque en caso de impago la comerciaizadora acudirá directamente a ellos y no a quien arrienda el inmueble.

Así, en estos casos existen tres casuísticas diferentes: que seas tu el propietario y quieras alquilar el piso, que seas el inquilino y estés pensando en mudarte, o que, siendo inquilino, hayas entrado a una vivienda que no tiene dados de alta los suministros.

En este post te vamos a explicar qué tienes que hacer en cada una de las situaciones. Y si tienes dudas generales sobre el propio proceso de alta, puedes acudir a una de nuestras entradas anteriores, donde lo explicamos en detalle.

Soy propietario y voy a alquilar mi piso

Como ya hemos dicho, en este caso lo más interesante es de dar prioridad al cambio de titularidad por encima del de la domiciliación bancaria. En resumen, eso te dará tranquilidad y seguridad si se producen impagos.

Pero es que, además, esta opción también es más ventajosa para el inquilino. “Un cambio en la titularidad supone tener el control del consumo, notificaciones y facturas detalladas, e incluso poder escoger la tarifa eléctrica y la potencia que más le interese”, explican desde Alquiler Seguro.

Eso sí, no hay que confundir cambiar el titular con dar de alta la luz. Lo primero supone solo un traspaso de la responsabilidad legal del suministro. Basta con llamar a la compañía para ceder los datos del anterior titular y los del nuevo (DNI, y demás).

Algunas empresas solicitan para ello también el contrato de alquiler; es una suerte de garantía para ellas que prueba el motivo del cambio. En cualquier caso resulta siempre gratuito y suele hacerse efectivo en unos 15 a 20 días.

Cuando finalice el contrato de alquiler, claro, tendrás que volver a repetir el proceso para recuperar la titularidad.

En este punto, es importante que anotemos la lectura a fecha de la salida de la vivienda de alquiler, pues como comentábamos antes, no se trata de un proceso inmediato”, señalan desde la agencia.

Me mudo: ¿qué hago con la luz?

Si nos vamos al otro punto de vista de la situación, el del inquilino, el proceso es bastante similar. Aunque tiene también sus particularidades que no debemos ignorar. Lo primero es diferenciar entre si somos titulares o no del suministro.

O lo que es lo mismo, si el propietario del piso cambió la titularidad en su momento o solo domicilió tu cuenta bancaria para que la comercializadora te pasara directamente los cargos del consumo.

  • Soy titular: en este caso tendrás que ponerte en contacto con el propietario para que poner los suministros a su nombre hasta que llegue un nuevo inquilino. Hay que entender que esto solo lo puede hacer el futuro titular del suministro. Es decir, él.
  • No soy titular: de lo contrario no tendrás que hacer absolutamente nada. Será el propietario quien se encargue de acudir a su banco para cambiar de nuevo la domiciliación, a la espera de otro inquilino.

De nuevo, en cualquiera de los casos hablamos de un proceso siempre gratuito, cuyo único coste radica en el tiempo que requiere hacerlo. Gracias a la vía telefónica y online se ha reducido mucho en los últimos años.

Soy inquilino y en mi nuevo piso no hay suministros

Es un supuesto infrecuente que suele darse por: pisos de bancos cuyos anteriores inquilinos fueron expulsados por impagos, viviendas normales que llevan mucho tiempo sin ser alquiladas o que fueron retiradas del mercado y ahora han regresado.

Lo cierto es que, aunque poco común, te puede llegar a pasar. En estas situaciones lo primero que hay que hacer es ponerse en contacto con el propietario y comunicarle la situación. Dependiendo de su compromiso intermediará más o menos en el proceso.

Si el piso ya ha tenido suministro en el pasado, entonces solo será cuestión de llamar a la comercializadora para volver a dar de alta el punto con la documentación que se solicite.

En el resto de situaciones es el propietario el responsable de dicho proceso. Para ello necesitará tanto una cédula de habitabilidad (sin ella siquiera podría alquilarte), como un Boletín de Instalación Eléctrica, que depende de la visita de un técnico al inmueble.

El resto de documentos necesarios son los propios de un trámite al uso:

Cuando ya haya completado todos los pasos del alta, abonado los derechos de acometida y esperado el plazo indicado por la compañía, entonces contactará ya sí con el inquilino para comunicarle que tome el testigo y realice el cambio de titularidad.

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